El contracte té una primera pàgina, que correspon a un formulari estàndard, i dues més amb condicions particulars escrites a ma amb la impecable cal·ligrafia del Senyor Cruzet.
Formulari estàndard:
CONTRATO DE INQUILINATO
Casa de la calle Sagrado corazón núm 5 piso 1º
En Barcelona - Sarrià a uno de noviembre del año mil novecientostreta y tres .....
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.....hemos contratado el arrendamiento del piso 1ª ... por tiempo indeterminado y precio de nuevecientas sesenta pesetas cada año pagadas por meses anticipados
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Condicions particulars manuscrites, que transcric per facilitar-ne la lectura:
CONDICIONES DEL CONTRATO
- El inquilino se obliga á satisfacer el alquiler convenido por adelantado del uno al cinco de cada mes sin pretexto ni causa alguna.
- El arrendatario no podrá hacer reforma alguna en el piso alquilado sin permiso por escrito del propietario, obligándose al desalquilarlo a efectuar la obras necesarias tal y conforme estaba al alquilarlo, así mismo deberá dejarlo del toto corriente de llaves, cristales y demás tal como lo entrego.
- No popdrá realquilar el piso ni parte de él a parsona alguna.
- Cualquiera obra o mejora que el arrendatario haga en la habitación quedará á favor del propietario al desocuparla sin derecho á indedmización alguna.
- Usar el lavadero y hacer coladas sólo par él y su família que juntos ocupen la habitación y de ningún modo para personas extrañas á la casa, considerándose horas hábiles para lavar de las 8 de la mañana a las 8 de la noche. Cuidará especialment de no tapar la válvula de desagüe del lavadero limpiándolo cuidadosamente cada vez que haya acabado de servirse del mismo.
- No colocar tiestos o macetas en las barandas de las galerías, balcones o ventanas ni tampoco poner alambre o cuerdas en la parte de afuera de la galería para tender ropas u otros efectos; tampoco criar en la habitación animales de ninguna clase sin previo permiso de Dueño.
- Aprovechar el terrado solamente para secar ropa, limpiar esteras y alfombras o arreglar colchones, dejándolo competament limpio de efectuadas cualquiera de dichas operaciones.
- Cuando quiera dejar desalquilado el piso deberá avisar al propietario por escrito con treinta días de aticipación, debiendo poner papeles y enseñarlo al que desee alquilarlo, igual tiempo le dará el propietario siempre que quiera que lo desocupe á lo que se somete el inquilino renunciando a las leyes de su favor.
- El arrendatario se compromete por virtud de este contrato á indemnizar al propietario de todos los daños y perjuicios que le ocasione con la faltas de cumplimiento de las presentes condiciones ó por el deterioro ocasionado en el piso que no sea el natural de uso.
- Con este contrato reconoce el inquilino toda personalidad y derecho al propietario para entablar cualquier juicio ya sea de deshaucio o de otra clase que dicho propietario se viese obligado a incoar.
Podeu veure una "fotocòpia" de l'original